Las medidas de restricción a la circulación -impuestas desde el inicio de la cuarentena- fueron retomadas desde este miércoles, precautelando la integridad del personal de blanco, debido a que el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS) no recibió aún los insumos de bioseguridad previstos, según había explicado el presidente de la República, Mario Abdo Benítez.
A través del Decreto N° 3.532/20, con fecha 14 de abril, el Poder Ejecutivo volvió a las medidas de restricción, quedando nuevamente limitadas las obras civiles del sector privado, que habían quedado exceptuadas dentro de los sectores que podrían circular desde el lunes pasado.
De esta manera, la circulación de personas y vehículos está restringida y limitada a salidas indispensables, como para compra de alimentos y/o medicamentos.
No obstante, la circulación de vehículos será permitida de acuerdo a la terminación del número de la chapa identificatoria.
Los rodados cuyas placas culminen en cifra impar (1, 3, 5, 7 y 9) podrán circular los días lunes, miércoles, viernes y domingo.
Entretanto, los vehículos con culminación de número de chapa par (0, 2, 4, 6 y 8) podrán circular los días martes, jueves y sábado.
De esta medida de restricción están exceptuados los servicios de delivery (con horario permitido de reparto de 05:00 a 23:00), cadena de provisión de alimentos y productos de salud, cadena logística para el sector agropecuario, personas que asisten a mayores de edad, minusválidos o niños, supermercados, farmacias y despensas, trabajadores de prensa (medios de comunicación), servicios esenciales de guardia, limpieza y hospedaje, y personal necesario para mantener servicios básicos, como agua, electricidad y expendedoras de combustibles.
Se prevé que una vez que los equipos sanitarios de protección lleguen al país se flexibilicen las restricciones y vuelvan a ser retomadas determinadas actividades.